Artículo52.1.7ª de la LEC: “En los juicios sobre arrendamientos de inmuebles y en los de desahucio, será competente el tribunal del lugar en que esté sita la finca.”. Artículo 50 de la LEC: ” Elplazo para la reclamación de la responsabilidad civil extracontractual, es de un año a tenor del art. 1968 del Código Civil, ya que dice expresamente que: "La acción para exigir la responsabilidad civil por injuria o calumnia, y por las obligaciones derivadas de la culpa o negligencia de que se trata en el artículo 1902, desde que lo supo el agraviado". Esuna cobertura que se incluye en la póliza de los seguros de hogar y que consiste en la gestión por parte de la aseguradora de la reclamación por daños en la vivienda o sufridos por el asegurado o las personas que conviven con él. Sus condiciones y exclusiones se detallan en cada póliza. Suele incluir los trámites de la reclamación Estarepresentación anuncia el compromiso de condonar a la demandada el pago de la totalidad de las cantidades adeudadas y las costas, siempre y cuando la demandada proceda al desalojo voluntario de la vivienda arrendada en el plazo de QUINCE días naturales a contar desde el día de la notificación de la presente demanda, de JoséValero Alarcón - Telf. . Abogado de Desahucios en Madrid. Os facilito modelo de demanda de desahucio por impago de rentas de un Local Comercial utilizada en un Juicio de Desahucio en Madrid, con las siguientes particularidades: Posibilidad de Enervar la Acción de Desahucio, derecho que se ejerció. Losdaños en el continente fueron atendidos por la parte demandada. Sin embargo, los daños en las mercancías no fueron considerados por el dueño de la vivienda, cuyo valor fue cuantificado en 1.808,05. Asimismo, se reclama el lucro cesante ocasionado al negocio, puesto que el suministro eléctrico fue interrumpido, afectando al normal Alquiler Daños realizados por inquilino. Es frecuente que al finalizar un contrato de alquiler nos podamos encontrar con una serie de daños o desperfectos ocasionados por el arrendatario (inquilino) ya sea en el inmueble o en el mobiliario. Para que el arrendador pueda llevar a cabo la reclamación judicial de los daños tienen que ser Demandapara la reclamación de daños en una vivienda arrendada: ¿Qué tipo de daños pueden reclamarse? ¿Quién paga los daños en un piso de Quepor medio de este escrito formulo DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO ORDINARIO de reclamación por los daños causados en la finca Escierto que se han producido goteras en dicha vivienda; ahora bien, tal como ya manifestó el demandado por escrito a dicho arrendatario en su día, las referidas goteras se han producido por culpa del arrendatario, por lo que, en virtud de lo establecido en el artículo 21 de la LAU de 1994, no es responsable de las mismas mi principal, y no 6vz9.